Poderes Notariales

La legislación civil mexicana establece que el poder notarial es el instrumento a través del cual una persona,

llamada apoderado, se obliga a ejecutar por cuenta de otra, llamada poderdante, los actos jurídicos que ésta le encargue.

Requisitos para poder pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio

  • Otorgante(s) con identificación vigente. (INE, IFE o PASAPORTE).
  • Nombre completo del o los apoderados.
  • Para el caso de que sea para enajenación de inmueble(s) presentar escritura original.
  • Si el(los) otorgante(s) esta(n) casado(s) presentar Acta de Matrimonio Original. *Nota: si está casado bajo Sociedad Conyugal, debe comparecer el cónyuge con identificación vigente a prestar su consentimiento. *Nota: si el(los) otorgante(s) es(son) divorciado(s) presentar Acta de Divorcio original.
  • Para el caso de Persona Moral presentar Acta Constitutiva y si existieran modificaciones del acta constitutiva su respectivas actas de asamblea protocolizadas.
  • En caso de llevar cláusula especial especificar el tipo de cláusula.

COSTOS
$800.00 si es persona física.
$1,000.00 si es persona moral.

Requisitos para poder pleitos y cobranzas y/o actos de administración con o sin clausula especial.

  • Otorgante con identificación vigente. (INE, IFE o PASAPORTE)
  • Nombre completo del o los apoderados.
  • En caso de llevar cláusula especial especificar el tipo de cláusula

COSTOS
$350.00 Hasta 2 Otorgantes
$100.00 si requiere ejemplar original adicional.
Cotizar

Experiencia en la función notarial

Asesoría legal en las materias civil, mercantil, fiscal y administrativa.

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