Poderes Notariales
La legislación civil mexicana establece que el poder notarial es el instrumento a través del cual una persona,
llamada apoderado, se obliga a ejecutar por cuenta de otra, llamada poderdante, los actos jurídicos que ésta le encargue.
Requisitos para poder pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio
- Otorgante(s) con identificación vigente. (INE, IFE o PASAPORTE).
- Nombre completo del o los apoderados.
- Para el caso de que sea para enajenación de inmueble(s) presentar escritura original.
- Si el(los) otorgante(s) esta(n) casado(s) presentar Acta de Matrimonio Original. *Nota: si está casado bajo Sociedad Conyugal, debe comparecer el cónyuge con identificación vigente a prestar su consentimiento. *Nota: si el(los) otorgante(s) es(son) divorciado(s) presentar Acta de Divorcio original.
- Para el caso de Persona Moral presentar Acta Constitutiva y si existieran modificaciones del acta constitutiva su respectivas actas de asamblea protocolizadas.
- En caso de llevar cláusula especial especificar el tipo de cláusula.
COSTOS
$800.00 si es persona física.
$1,000.00 si es persona moral.
Requisitos para poder pleitos y cobranzas y/o actos de administración con o sin clausula especial.
- Otorgante con identificación vigente. (INE, IFE o PASAPORTE)
- Nombre completo del o los apoderados.
- En caso de llevar cláusula especial especificar el tipo de cláusula
COSTOS
$350.00 Hasta 2 Otorgantes
$100.00 si requiere ejemplar original adicional.
Cotizar
Experiencia en la función notarial
Asesoría legal en las materias civil, mercantil, fiscal y administrativa.